En esta publicación, encuentras algunas reflexiones acerca de deportistas profesionales: preguntas y respuestas frecuentes que ocurren en el ámbito del deporte profesional.
¿Soy deportista profesional, aunque la competición no esté calificada como profesional?
Primero, incluso la Ley del Deporte actual ha establecido en un artículo la respuesta a esta pregunta que se debate en los juzgados muy a menudo.
Dice el artículo 21 que son deportistas profesionales, quienes, en virtud de una relación establecida con carácter regular, se dedican voluntariamente a la práctica deportiva por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de un club o entidad deportiva a cambio de una retribución. Esta condición es personal e independiente de la calificación de la competición respectiva.
También son deportistas profesionales por cuenta propia los que perciban por dicha actividad profesional por cuenta propia retribuciones económicas, que sean en todo caso procedentes de terceros diferentes a las entidades deportivas a las que pertenezcan no destinadas a la compensación de los gastos derivados de su práctica deportiva o premios por la participación en competiciones nacionales o internacionales y estén o deban estar afiliadas y de alta, por razón de dicha actividad profesional, en el correspondiente régimen del sistema de la Seguridad Social.
Segundo, ¿Cuál es el punto más debatido? El salario vs compensación por gastos. Pero recuerda, que las cosas son lo que son, no lo que el contrato dice que son.
Un ejemplo “absurdo” para entendernos: Si yo titulo el contrato como: Contrato de arrendamiento, pero todo su contenido se refiere a cosas laborales como salario, condiciones de prestación del servicio, etc, es un contrato de trabajo y no un arrendamiento de piso. (Por cierto, hay limitaciones a la hora recibir salario en especie)
Pues lo mismo ocurre con la fina línea entre el acuerdo de formación y/o acuerdo de compensación por gastos frente a contrato de deportista profesional o cualquier otro tipo de contrato laboral.
¿Puedo reclamar a mi club si no me paga la cantidad pactada en contrato? ¿Si reclamo a un club, luego no seré contratado en ningún otro club?
Esta situación es delicada, pero se plantea constantemente por parte de la persona deportista cuando se encuentran en una posición conflictiva con su club. ¿Por qué? La carrera deportiva es corta y el poder de los clubes contratantes es muy elevado.
Ahora bien, existen mecanismos para protegerte como deportista cuando las cosas se ponen feas. Sí, además de la aplicación de los derechos laborales comunes y especiales para tu actividad deportiva, normalmente las federaciones disponen de órganos o comisiones encargadas de gestionar este tipo de impagos entre deportistas y clubes.
Por ejemplo, en fútbol y en futbol sala, estas cuestiones se tratan en la Comisión Mixta.
En baloncesto, al margen de las herramientas habituales, la inscripción del Club en la competición “x” implica el pago de un aval que se condiciona entre otras cosas, al pago de deudas con sus deportistas.
Por lo tanto, ¿tú crees que, si no se reclamaran este tipo de situaciones, habría mecanismos de reclamación? Hay mecanismos tanto federativos como generales y están para utilizarse.
Hay situaciones que no podemos dejarlas pasar, y, es más, ante una reclamación o ante una sanción por mala praxis, la entidad empieza a hacer las cosas un poco mejor porque no pueden permitirse muchas multas ni muchas indemnizaciones por hacer las cosas mal.
¿Me pueden retener? (Sí, es otra de reflexión frecuente de los Deportistas profesionales: Preguntas, respuestas y algunas situaciones frecuentes)
Es una pregunta complicada con respuesta más compleja aún.
La respuesta corta es no, pero hay matices en relación a la gestión de la licencia. Por eso, dos tips rápidos con ejemplos prácticos, pero recuerda que cada modalidad y especialidad puede tener particularidades que deben ser revisadas:
- No pueden ofrecerte prórrogas del contrato unilaterales. Tu debes tener la posibilidad de decidir ya que hace años que no existe la esclavitud (pero en deporte, con matices).
- Si hablamos de licencia federativa de fútbol sala femenino, cuando vayas a firmar la licencia federativa acuérdate de marcar la casilla de la duración. Si no marcas ninguna casilla la licencia tendrá una duración de dos años. Si tu licencia federativa es de aficionada marca siempre un año de duración. La única manera que tiene una jugadora con licencia aficionada de desligarse de su club es la baja federativa. Conviene que al final de cada temporada tengas la libertad de decidir si quieres seguir o no en el club.
Así que la respuesta es “depende”, pero se pueden prevenir ciertas conductas que generan retención.
¿Ante qué organismo puedo reclamar? (Deportistas profesionales: Preguntas, respuestas y algunas situaciones frecuentes)
Va a depender de varios factores: Si tiene elementos internacionales, si el contrato se somete a un tribunal en concreto, depende de la materia objeto del conflicto.
Es importantísimo preparar una buena estrategia de defensa puesto que si reclamas ante un tribunal que no es competente para conocer ese asunto, puedes incluso perder tu oportunidad de defensa por no haber estado bien asesorado.
Hay muchas otras cuestiones importantes a resolver antes de firmar un acuerdo, o al menos, ser consciente de lo que se firma
¿A qué me refiero? ¿Sabes cuánto tiempo de periodo de prueba firmas? ¿Qué complementos tienes? ¿Qué cantidad de indemnización firmas en favor del Club en caso de resolver antes de tiempo el contrato? ¿Te aplica algún convenio colectivo?
¿Qué vacaciones y descansos tienes? ¿El Club tiene un régimen interno? ¿Lo has leído y firmado? ¿Has leído el contrato federativo? ¿Coincide con lo que pactaste con el Club? ¿Pactas en neto o en bruto? ¿Cuánto porcentaje tienes de salario en especie? ¿Tendrás residencia legal? ¿Quién realiza los trámites?
¿Tengo una cláusula específica en caso de salir a la NBA o WNBA? ¿Qué establece exactamente? ¿Quién es el titular del alquiler del piso? (Si lo firmas tú y el club no paga las rentas, el propietario te las reclamará a ti) ¿Qué me ocurre en caso de lesión? ¿Guardas copia de tu licencia federativa, de tu contrato con el Club y de tu contrato laboral formal?
Y tantos otros interrogantes que hay que revisar antes de firmar… (Deportistas profesionales: Preguntas, respuestas y algunas situaciones frecuentes)
… para ser consciente al menos de lo que se firma, tengas o no agente de representación pues quien firma no es tu agente, esa figura solo se encarga de mediar y supervisar, pero al final, la responsabilidad laboral es de la persona deportista.
En cualquier caso, damos los dos tipos de asesoramiento:
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Preventivo: ¡Si tienes alguna duda, si quieres revisar tu contrato antes de firmar, aquí estamos!
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Conflictivo: También te asistimos en caso de que el conflicto haya surgido y necesites defenderte
Contacta aquí: https://www.diazmari.com/contacto-abogado-deportivo/