Este mes asistiré a un torneo de golf organizado de forma privada, aunque con oficialidad de los resultados (cosa muy habitual en el golf). Entonces, qué ocurre con la organización jurídica de un torneo.
Pero más allá de la experiencia deportiva, no puedo evitar hacer lo que cualquier abogada de derecho deportivo haría: fijarme en todo lo que hay detrás… jurídicamente hablando.
Habría que dividir las situaciones jurídicas en tres fases: la primera debería ser previa a la fecha del evento deportivo, otra fase durante el evento y la tercera, una vez finalizado el evento deportivo.
No obstante, no se tratarán todos los temas de cada fase, sino solo las más relevantes.
En la fase previa, destacaría:
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La denominación del torneo
Hay que tener muy en cuenta qué título le otorgas al torneo. Me refiero a que la Ley del Deporte estatal hace una prohibición expresa al uso de determinadas calificaciones de eventos deportivos.
Se entiende muy bien con la literalidad de la Ley del Deporte en su artículo 79:
“Solo las federaciones deportivas españolas podrán organizar y utilizar el nombre de Campeonato de España, Campeonato Nacional o Estatal, Liga Nacional, Copa de España, o cualquier otro análogo o similar a los indicados, así como otorgar la condición establecida en el artículo 82.1 dentro de las modalidades deportivas que desarrollen. Queda prohibido el uso por otras personas físicas o jurídicas de esta denominación o de cualesquiera otras que pudieran dar lugar a confusión”.
De forma previa a esta previsión expresa en la Ley del Deporte, se dieron múltiples casos relacionados con el uso contrario a Derecho en los torneos.
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Las condiciones de inscripción, no sólo lo relativo a protección de datos
Si se trata de un club y solo participan los socios, la forma de gestionarlo será diferente a si se trata de un club que admite participación externa, “cambia la película”.
Si no lo organiza una asociación sin ánimo de lucro, sino una sociedad de capital, también hay diferencias.
Por cierto, no basta con pedir un consentimiento de uso de datos, imágenes, etc. a los asistentes, la entidad debe tener implementada la estructura completa. ¿Se ceden imágenes a los patrocinadores? ¿Articulas entonces correctamente la relación jurídica entre el organizador o responsable del tratamiento y el cesionario de los datos personales? ¿Pides consentimiento para que terceros traten tus datos (¿entre los que se encuentran las imágenes?
[…].
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A las condiciones de inscripción se deben añadir unas buenas Bases de Competición, incluyendo un Régimen Disciplinario adaptado al evento deportivo
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Contratar un buen seguro de responsabilidad civil (aunque la instalación disponga de uno)
Y, si fuera un evento en el que participan menores, extremar esas precauciones, preparando además un buen protocolo de protección frente a la violencia en menores
- Disponer de acuerdos firmados con el lugar del evento con todo lujo de detalles para prevenir problemas y saber cómo actuar en cada momento sin fricciones
No sólo con el lugar de celebración del evento, sino también con el hotel y/o el restaurante, con la empresa que se encarga de aportar equipaciones, con los patrocinadores, etc.
¿Qué más tareas jurídicas forman parte de esta fase previa?
Durante el evento deportivo, destacaría en organización jurídica de un torneo:
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¿Staff? ¿Son voluntarios?
¿Les das de alta? Ojo porque lo normal es que sean «voluntarios», haciendo una simulación muy clara de un laboral (aunque sean unas horas…). El voluntariado deportivo no es tan sencillo como prácticamente todo el mundo hace.
Mira aquí tienes información sobre este tema
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La correcta aplicación de las Bases de Competición y del Régimen Disciplinario asociado al evento deportivo
Parece evidente, pero muchos conflictos deportivos nacen precisamente aquí.
En deportes como el golf, donde existe una amplísima regulación técnica y una gran importancia de la integridad de la competición, cualquier incidencia puede acabar afectando a clasificaciones, hándicaps, resultados oficiales o incluso responsabilidades del comité de competición.
Por eso es importante:
- determinar quién forma parte del comité de competición,
- quién adopta decisiones,
- cómo se resuelven reclamaciones
- en qué plazos
- qué procedimiento se sigue en caso de incidencia.
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La gestión de reclamaciones “en caliente”
Las reclamaciones deportivas rara vez llegan tranquilamente por escrito días después. Normalmente aparecen en mitad de la competición, durante la entrega de resultados, o justo antes de entregar premios.
Y ahí la organización debe actuar con criterios claros, siendo profesionales, aunque haya buena relación entre todos los deportistas inscritos, procedimientos definidos, y cierta capacidad de mediación.
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La actuación ante lesiones o emergencias médicas
En cualquier evento deportivo existe la posibilidad de que se produzca una lesión, una caída o incluso una emergencia médica. Y aquí aparece una pregunta clave: ¿existe realmente un protocolo de actuación conocido por la organización?
Porque no basta con “tener un botiquín” o confiar en que el club sabrá reaccionar.
Conviene prever quién activa el protocolo, quién llama a emergencias, dónde se encuentra el material de primeros auxilios, si existe desfibrilador y personal formado, cómo se accede al jugador lesionado, o quién acompaña y coordina la situación.
Además, en deportes como el golf, donde el recorrido puede abarcar grandes extensiones de terreno, la capacidad de reacción y localización es especialmente importante.
Y si participan menores o personas de edad avanzada, las precauciones todavía deben ser mayores, muchas veces, se pide de cara a la prevención de responsabilidades un certificado médico de posibilidad de participar para personas con cierta edad y/o si se tienen “x” enfermedades.
También es importante delimitar (previamente) qué cobertura aseguradora existe, si el participante dispone de licencia federativa, qué seguro responde, y cómo debe documentarse el incidente.
Porque una gestión adecuada durante los primeros minutos puede ser decisiva no solo a nivel médico, sino también jurídico en cuanto a las responsabilidades de la entidad o entidades organizadoras.
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La toma de decisiones ante contingencias
Lluvia, suspensión temporal, retrasos, modificación de horarios, cancelaciones parciales, incidencias técnicas, […].
La capacidad de reacción jurídica y organizativa también forma parte del éxito del evento, y precisamente por eso es tan importante que determinadas cuestiones no se improvisen el mismo día del torneo.
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Post evento deportivo: cena y entregas de premios
Y ojo, porque muchas veces el torneo no termina cuando finaliza el último hoyo.
En numerosos eventos deportivos aparece una segunda dimensión “social” o “corporativa” igual de relevante, por ejemplo, en la seguridad en la gestión de las alergias conocidas (en el momento de la inscripción).
Y todo eso, como no, también tiene implicaciones jurídicas.
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Equipaciones, gestión de colaboraciones, material aportado por patrocinadores, publicidad, lugar de los stands, […].
Además, si las equipaciones incluyen logotipos de empresas colaboradoras, conviene haber regulado previamente la duración del uso de marca, los soportes autorizados, la difusión en redes sociales y derechos sobre las imágenes del evento donde aparezcan dichas marcas.
En la fase posterior al evento, una vez finalizado, hay que seguir con la organización jurídica de un torneo:
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Destacaría especialmente la gestión de pagos, cobros y facturación
En muchos eventos deportivos intervienen:
- patrocinadores,
- proveedores,
- empresas de catering,
- fotógrafos,
- instalaciones deportivas,
- personal auxiliar,
- empresas de sonido,
- premios,
- merchandising.
Y todo ello exige una correcta:
- emisión y recepción de facturas,
- gestión de pagos,
- control documental,
- y coordinación fiscal y contable.
Además, conviene que los contratos hubieran previsto previamente:
- plazos de pago,
- penalizaciones,
- cancelaciones,
- incumplimientos,
- responsabilidades de cada parte,
- y mecanismos de resolución de conflictos.
Porque muchos problemas aparecen precisamente después del evento, cuando hay discrepancias económicas o servicios que una de las partes considera mal ejecutados.
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Las obligaciones fiscales derivadas del evento
Especialmente cuando existen:
- premios económicos,
- sorteos,
- patrocinio,
- venta de productos,
- inscripciones,
- explotación publicitaria,
- o contraprestaciones en especie.
Y aquí surge una cuestión muy importante: ¿Quién asume realmente las obligaciones fiscales derivadas del torneo?
No es lo mismo:
- un club sin ánimo de lucro,
- una federación,
- una sociedad mercantil,
- o una empresa organizadora externa.
Dependiendo de la estructura jurídica del organizador, las implicaciones tributarias pueden variar considerablemente en la organización jurídica de un torneo.
Y quizá la principal conclusión de todo esto es que el Derecho Deportivo no está únicamente en las grandes competiciones, en el deporte profesional o en los conflictos que llegan a los tribunales.
También está en un torneo social de golf, en un torneo de 3×3, en torneo de pádel, en un torneo de baloncesto de verano o de semana santa, etc.
Desde la Asesoría jurídico-deportiva, seguimos trabajando con una idea muy clara:
«Intentar hacer el Derecho Deportivo más cercano, más sencillo y más comprensible».
Convencida de que una buena gestión genera indirectamente buenos resultados deportivos, pero también consciente de que no siempre es fácil dedicar tiempo al cumplimiento normativo en un entorno marcado por calendarios, resultados, presión competitiva y organización diaria.
No importa si tu entidad deportiva tiene menos volumen de trabajo o si no es tan grande como otras. Tampoco hace falta ser un deportista profesional, un árbitro internacional o un agente reconocido.
Si estás vinculado al deporte y quieres prevenir situaciones conflictivas, tomar decisiones con seguridad y conseguir que los resultados deportivos vayan de la mano de una buena gestión, tu abogado deportivo puede acompañarte en el camino.
Porque muchas veces, la mejor victoria jurídica en el deporte… es aquella que nunca llega a convertirse en conflicto.