El 25 de febrero de 2021 tuvo lugar la VIII Jornada de Derecho Deportivo organizada por la Asociación de antiguos alumnos del Máster Oficial en Derecho Deportivo del INEFC-Udl (Lleida). Hay quien hablaba de que es una secta, pero no, en opinión de todos, es una gran familia y se lleva con orgullo ser parte de ella, ¿no?
Bromas aparte, la Jornada empezó con la presentación por parte de Elisabet Miranda, de la Asociación y, por supuesto, de los saludos institucionales habituales que si no me equivoco fueron, entre otros, del Decano del Colegio de Abogados de Lleida -donde fue prácticamente la última reunión presencial de Derecho Deportivo el 27 de febrero de 2020, antes de que todo cambiara-.
Comenzó Paloma Del Río Cañadas, quien introdujo la situación de los menores en el sector deportivo desde su experiencia como periodista ciertamente reconocida en el sector. De hecho, “enredando en la memoria” es uno de sus libros en el que cuenta anécdotas y su trayectoria
Le sigue en el tiempo Julen Guerrero, quien transmitió la importancia de la conocer e identificar la forma de ser de los menores, sobre la cohesión de grupo, la integración y la exigencia personal e individual no sólo a nivel deportivo, sino en cuanto a la necesidad de compaginarlo con los estudios. Destacó el funcionamiento de las dinámicas de trabajo que él mismo realiza con sus jugadores y, sobre todo, la importancia de comprender que no todos los jugadores menores pueden finalmente dedicarse como profesionales al deporte. El seleccionador, para concluir, hizo un repaso a las sanciones que diversos clubes cometieron por no respetar las normas de protección de menores de FIFA.
Miguel García Caba hizo un repaso al marco normativo que afecta a los derechos de los menores, haciendo referencia a diferentes ámbitos, general y específico deportivo, así como a los ámbito internacional, europeo y nacional (e incluso, autonómico). Hizo hincapié en la falta de cohesión entre las normas federativas frente a las de naturaleza pública en el ordenamiento jurídico español; mencionó los conflictos en la inscripción de los futbolistas, así como las implicaciones de los derechos de formación, mecanismo de solidaridad e intermediarios.
Nos invitó a echar un vistazo a la Guía para presentar solicitudes de menores de edad, elaborada por FIFA en 2020
Cabe destacar la introducción de la siguiente ponente, María José López, quien en cuya introducción mencionó que, si bien es cierto que el anteproyecto de Ley del Deporte se realiza de forma expresa mención a los menores, la ponente incide en la necesidad de desarrollar un “estatuto jurídico del menor en el ámbito del deporte”.
Después del descanso, Francisco Rubio hizo especial hincapié en el trato laboral de los menores; mencionó la terminología sobre “comprar y vender” a los jugadores; la necesidad de un régimen disciplinario diferenciado; entre otras reflexiones muy interesantes.
Por su parte Rafael Alonso comenzó su exposición haciendo una diferencia teórica sobre el vínculo federativo con respecto a la licencia deportiva. Destaco sus comentarios sobre situaciones prácticas problemáticas como pueden ser asuntos que se llegaron a tribunales sobre la autorización que necesita solicitar el club a los padres para poder renovar las licencias de los menores.
Nos recomendó un manual para tener en nuestras estanterías, de Santiago Prados titulado, “Licencias deportivas”
A continuación, el turno fue de Silvia Bellot, la primera mujer Directora de Carrera de la Federación Internacional de Automovilismo (FIA). Hizo una exposición muy interesante sobre cómo se obtiene una licencia para ser parte de la FIA, especialmente para ser juez u oficial.
Se destaca la posibilidad de acceder desde los 16 años a la primera licencia en España, si bien, en Inglaterra, un menor de 14 años puede introducirse como Oficial Cadete en el mundo del motor. Pongo de manifiesto sus conclusiones dado que es de las escasas presentaciones en la que no se hizo mención alguna al sector del fútbol.
- El automovilismo es un deporte inclusivo con diversidad de roles en el ámbito de los oficiales y jueces.
- Los menores de edad pueden participar desde los 16 años, aunque los roles son limitados con necesaria autorización de sus padres y/o tutor legal con reconocimiento notarial
- Entiende que la participación de oficiales menores de edad favorece su formación y desarrollo personal y profesional.
Vicente Javaloyes, fue el siguiente, a quien hay que agradecer la organización de la Jornada. Su ponencia trató sobre la representación de los futbolistas menores de edad. En la introducción hizo una referencia a las estadísticas de FIFA sobre las transacciones internacionales efectuadas 2020, siendo 0 niñas menores de edad y 3 respecto a niños. Destaco tres cuestiones: la imposibilidad de pago a los intermediarios en caso de que esté involucrado un menor; la limitación temporal de sus contratos; y, la imposibilidad de someterse al Comité Jurisdiccional de la RFEF.
Juan Carlos Soto, antes de escuchar al “almuerzo, tal y como él bromeó”, nos puso sobre la mesa un asunto muy interesante en el que, como no, las normas de derecho público no fueron respetadas en un principio, pero que finalmente se impusieron a través de su capacidad coercitiva.
Se trataba de un club de fútbol sala de Bilbao formado por menores no acompañados. Parece ser que la Federación Vasca de Fútbol determinó que para la siguiente temporada no iban a tramitar las licencias de aquellos jugadores considerados como extranjeros que no contaran con la autorización de FIFA dispuesta en el artículo 19 tan conocido (esto es, autorizaciones de sus padres -que, al ser menores no acompañados no disponían de ellas-, entre otras condiciones que eran ciertamente imposibles). Al final, fueron aplicadas las normas de naturaleza pública con el único objetivo de proteger a aquellos menores desamparados (que no tenían la posibilidad de recibir autorizaciones ni cumplir con los requisitos que FIFA imponía para -supuestamente- proteger a los menores).
Para comenzar la tarde, -sin comer con todos los compañeros como habitualmente se hace en las Jornadas y que genera un montón de buenos momentos-, Vicente Javaloyes presentó a Patricia Elizabeth Muñiz quien expuso cómo el menor es tratado desde el punto de vista olímpico.
Antes de nada, Vicente nos invitó a leer el libro de la ponente. Ella, se remontó a la antigua Grecia donde ya los niños con 12 años ingresaban en la Palestra y con 16 años al “Gimnasio”. Un dato muy curioso que Patricia Elizabeth compartió es que Dimitris Loundras es la persona más joven en participar en los Juegos Olímpicos modernos.
Cabe señalar que la Carta Olímpica no establece una limitación, sino que impone la tarea a las federaciones internacionales para que en sus reglamentos se dispongan las edades en las que se permite participar en los Juegos Olímpicos de forma adaptada a cada modalidad deportiva, no obstante, este reglamento ha de ser aprobado, dice la Carta Olímpica, por la Comisión Ejecutiva del Comité Olímpico Internacional. Para concluir, desarrolló la actividad, principios y objetivos de los Juegos Olímpicos de la Juventud.
Romina Fernández realizó una presentación muy reflexiva sobre los derechos fundamentales de los deportistas menores de edad. Primero estableció el marco jurídico general de los derechos fundamentales, para a continuación adentrarse en los derechos fundamentales de los menores vinculados con el deporte. Adicionalmente, puso de manifiesto ejemplos que en la realidad práctica chocan con los derechos fundamentales de los menores y trató de reflexionar sobre si las medidas que desarrollan las entidades deportivas son suficientes o se necesita de una mayor predisposición. Se centró, además, en el derecho a la salud y en la ley chilena sobre un nuevo estándar de Seguridad en las organizaciones deportivas.
Las siguientes ponencias fueron de mi compañera italiana Ida Linda, sobre el tratamiento de los menores en Italia; Andrés Guapacha, sobre el vínculo laboral de los menores en el fútbol colombiano; Horacio González sobre las listas de retención en el fútbol (aunque hizo mención al baloncesto, en cuanto que la edad es incluso superior, asciende a 23 años la posibilidad de retención de un jugador). Finaliza esta “ronda” de charlas, Ariel Reck, quien expuso casos prácticos sobre las transferencias de menores, señalando que hay multitud de menores con doble nacionalidad y un resquicio para ser considerados como refugiados en algunos casos.
Para concluir, hubo una mesa redonda moderada por el presidente de la asociación organizadora, Mario Valencia. El debate sobre fútbol y menores fue realizado por Rosalía Ortega, Luiz Marcondes de Brasil y Oscar Fuentes de Chile. Los tres están de acuerdo en la formación integral de los menores, sobre las consecuencias sancionadoras por mala praxis con menores y la falta de coincidencia entre el límite temporal contractual de FIFA frente a las normativas de los Estados, por ejemplo, en el caso chileno, el límite es de 5 años, mientras que FIFA impone un límite de 3.
Se podría hacer una reflexión final sobre todas las ponencias, y es que, todos y cada uno de ellos mencionaron la falta de consonancia y esa divergencia existente entre las normas federativas frente a las normas de cada Estado generando constantemente inseguridad jurídica al menor cuando forma parte del movimiento federativo.