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[E015-T3] Adaptación a protección de datos de club deportivo

Derecho Deportivo Podcast

Hablamos sobre conceptos de protección de datos de importancia para la gestión adecuada en un club deportivo. Empezamos con algo directo. ¿Todos los clubes deben cumplir la normativa de protección de datos? ¿O depende de su nivel o de la cantidad de socios, de licencias o del presupuesto? Y Acabamos con reflexiones sobre la necesidad de prevenir situaciones a través de un buen clima de cumplimiento normativo. Para responder estas cuestiones y otras tantas, el programa cuenta con Sol Nevado.

Escúchalo aquí:

En el episodio hablamos sobre:

  • Adaptación de protección de datos en un club deportivo
  • Qué protege la normativa de protección de datos
  • Conceptos clave: actividades de tratamiento; Registro de Actividad de Tratamiento; Responsable y Encargado de Tratamiento; Contrato de Encargado de Tratamiento.
  • Sanciones a clubes por no cumplir con la normativa de protección de datos

Todo ello desde un prisma práctico en el día a día de un club deportivo (Aunque también teórico para sentar las bases de los conceptos comentados).

La primera afirmación que todo club debe tener clara es que cualquier entidad deportiva debe cumplir la normativa de protección de datos, no depende de su nivel de resultados deportivos, ni de la cantidad de socios, ni de las licencias, ni tan siquiera del presupuesto. La única premisa es que traten datos de carácter personal y es evidente que un club deportivo, los trata.

Dicho de otra forma, están obligados por estas normas, no por el hecho de ser clubes deportivos, o tener un determinado nivel o tamaño, sino sencillamente porque para desarrollar su actividad necesitan tratar datos personales. Hablamos de datos de socios, federados, deportistas, menores, empleados, etc. Incluso de datos biométricos, en algunos casos.

Pero ¿Qué protege realmente la normativa de protección de datos? La privacidad y la información de los ciudadanos para evitar prácticas que, hasta hace no mucho, se llevaban a cabo sin que hubiese consecuencias realmente disuasorias respecto al que las ejecutaba.

Esto es, busca dar un mayor nivel de protección sobre los datos personales de los interesados (las personas físicas titulares de los datos) …

… otorgando a las personas un mayor control sobre sus datos personales de manera que puedan conocer exactamente: quién va a tratar sus datos, porqué y cómo.

De esta manera faculta a los titulares de los datos a dar o no su consentimiento al tratamiento de sus datos personales, por supuesto cuando no hay una base jurídica que legitime el uso de los datos, imaginemos como ejemplo que hay que tratarlos para salvar la vida de alguien, en ese caso, por supuesto, no será necesario el consentimiento.

Además, con estas normas cada uno de nosotros tenemos el derecho a que se nos explique para qué, quienes, cómo y por cuanto tiempo se van a utilizar nuestros datos.

¿Qué conceptos básicos tendríamos que conocer antes de hablar de situaciones reales sobre protección de datos en un club deportivo?

Datos de carácter personal:

Son datos personales, todos aquellos datos que identifican a una persona, tales como nombre, número de identificación, imagen, sonido, correo electrónico, matrícula de vehículos, datos de localización, etc. Cualquier dato que pueda revelar la identidad de su titular.

Hay datos personales más sensibles, como lo son los datos de salud, de afiliación política, creencias religiosas, orientación sexual, datos biométricos, datos de menores, o de personas en situación de vulnerabilidad, etc.  Este tipo de datos requieren una protección especial ya que puede entrañar importantes riesgos para las libertades y derechos fundamentales de los individuos, pues mediante ellos se pueden llegar a causar graves perjuicios a sus titulares

Actividad de tratamiento:

Puede definirse como cualquier operación realizada sobre un dato personal.

Antiguamente, en la anterior LOPD, existía la obligación de comunicar a la administración, concretamente a la AEPD, la existencia o creación de cualquier fichero que contuviese datos personales, sin embargo, a día de hoy, la normativa exige que dicho control se haga de forma interna, por lo que resulta esencial para cualquier empresario o profesional contar con un registro de actividades de tratamiento (RAT).

Alguna actividad: campus de verano, inscripción de jugadores en un club, gestión de abonos y socios, entre tantos otros.

En el programa continuamos hablando sobre situaciones prácticas

Recalcamos que el club no tiene por qué participar en la máxima categoría, puede participar en la más categoría más baja y estar realizando tratamiento de datos sin cumplir con las normas y como decíamos al inicio, estas normas aplican a todos los clubes y por lo tanto las sanciones.

Hace tiempo leí sobre una sanción que llama la atención básicamente porque es común encontrar desactualizada la hoja de inscripción de un club, o tener documentación en las oficinas a la vista, entre otras situaciones, como la creación de grupos de WhatsApp sin pedir consentimiento…

Todas estas conductas ya han sido efectivamente sancionadas y los clubes infractores han tenido que pagar multas que incluso ascienden a 10.000 euros y esa cantidad son palabras mayores para la mayor parte de las entidades deportivas de España.

En estos enlaces puedes leer algunos casos en los que se sancionan a clubes de base por no cumplir con la normativa de protección de datos. Te dejo una entrada de blog, pero en la categoría de protección de datos vamos incorporando más contenido sobre el tema.

Acabamos con una breve reflexión sobre el cumplimiento normativo y cómo los clubes deportivos afrontan esta realidad

Te dejo aquí los canales para contactar con la Asesoría jurídico-deportiva DíazMarí:

¡Muchas gracias por la escucha y por la lectura sobre protección de datos en un club deportivo!

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